Para inscribir nuestra empresa en la DGI, es recomendable hacerlo unos días antes de nuestra apertura de venta al público. Diez días antes podemos presentarnos en la DGI para solicitar la inscripción de nuestra empresa.
Requisitos:
- Original y fotocopia de Cédula de Identidad o Pasaporte.
- Nombre completo. Si es persona física o Razón Social si es una persona jurídica.
- Domicilio constituido. Dirección dónde se encuentra la documentación de la empresa.
- Domicilio fiscal. Dirección donde se desarrolla la actividad.
- Domicilio real. Domicilio del o los titulares de la empresa.
- Giro o actividad. Actividades que se llevaran a cabo.
- Fecha de inicio. Día en el cual la empresa comienza sus actividades.
- Naturaleza jurídica. Unipersonal o Sociedad.
- Fecha de balance. Contribuyentes sin contabilidad suficiente, la fecha de cierre es el 31/12.
Resultado:
- Tarjeta de Rut e inscripción.
Algunos puntos a tener en cuenta:
Si es una empresa unipersonal, podremos certificar nuestro domicilio con el último recibo de UTE o ANTEL siempre y cuando el mismo se encuentre a nombre del titular. Si no contáramos con dicho recibo del ente público, necesitaremos de un Escribano Publico el cual nos expedirá un Certificado Notarial en el cuál certificará los datos proporcionados.
En caso de ser una sociedad (persona jurídica), necesitaremos de un Certificado Notarial en el cuál el Escribano certificará que se ha constituido una sociedad. En el mismo se detallará la integración, el domicilio constituido, el domicilio fiscal, el los domicilios reales de los socios, el giro o actividad a realizarse, fecha de inicio de actividades, quienes de los socios son los que tienen actividad, su estado civil, datos de los cónyuges, documentos de identidad.
En el caso de que alguno de los socios fuese menor de edad, los mismos deberán ser autorizados por el juez, nombrándoseles un curador.
Una vez terminado este punto, se deberá adjuntar al Certificado Notarial, el Contrato Social para presentar en las oficinas de la DGI.
Otro punto que debemos tener en cuenta al momento de la inscripción es que se deben definir los impuestos que se van a tributar. Si bien algunas empresas ya tienen configurado determinado tipo de impuestos, en la mayoría sus impuestos están determinados por el monto de ingresos que la empresa va a operar.
Ver también:
Inscripción en el MTSS
Inscripción en el Registro de Comercio
Inscripción en el Bse
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